REQUISITOS DE LA CARTA DE DESPIDO LABORAL DISCIPLINARIO

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La carta de despido laboral es el instrumento a través del cual el empresario notifica al trabajador la finalización de su relación laboral, ya sea por causas objetivas o disciplinarias.

Cuando se nos os notifica un despido por causa disciplinaria, para que pueda calificarse de procedente se han de cumplir una serie de requisitos, según el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores:

  • Se nos ha de notificar por escrito.
  • Al basarse en un incumplimiento del trabajador no requiere de un preaviso de tiempo.
  • Tiene que contener una descripción clara de los hechos/motivos que dan lugar a dicho despido.
  • Si es posible se han de concretar los días, horas y circunstancias de los hechos que se argumenten, si se hace una alegación de cuestiones genéricas podrían considerarse por el Juez improcedente dado que no se ha concretado los motivos del despido creando indefensión al trabajador.
  • Ha de contener la fecha de efecto de la medida.

Son requisitos indispensables, pues el trabajador tiene que tener conocimiento de los motivos o causa que han originado su despido, para si lo estima conveniente pueda impugnar dicho despido judicialmente, a través de la correspondiente demanda de despido bien cumplimentada por un abogado laboralista. Si no se cumple con la descripción de los hechos puede causarse indefensión al trabajador, pudiendo declararse el mismo como improcedente.

SI EL TRABAJADOR NO QUIERE RECIBIR LA CARTA DE DESPIDO

Al ser un requisito indispensable, si el trabajador no quiere recibir dicha carta, se puede leer la misma en presencia de dos testigos, haciendo constar dicha circunstancia en la carta de despido o bien remitir un burofax al mismo con acuse y certificado de contenido.

Y SI NO ESTÁ DE ACUERDO CON LO QUE PONE LA CARTA DE DESPIDO

Es importante que se intente mantener la calma, se ha de leer la carta con detenimiento, si se tiene alguna duda se ha de plantear la misma al empresario o representante del mismo. Además debemos de comprobar que la carta que nos ponen por delante sea la misma que nos entregan.

En caso de que no estemos de acuerdo con le establecido en dicha carta, ponemos la fecha y “ RECIBIDO NO CONFORME” ,ya que es importante recoger dicha carta pues de lo contrario no sabemos los motivos por los que nos despiden y no podremos defendernos frente a ellos. Ya hemos comentado anteriormente que es posible que nos lean dicha carta en presencia de dos testigos, y no nos entreguen contenido de la misma, de ahí la importancia de establecer el RECIBIDO NO CONFORME

En base al contenido de dicha carta el abogado laboralista que contrate procederá a preparar nuestra defensa en juicio, la empresa no podrá alegar en el mismo, hechos  o motivos distintos a los establecidos en la misma, de ahí la importancia de su contenido.

ABOGADA LABORALISTA CON DESPACHO EN DOS HERMANAS (SEVILLA)


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